¿Qué es la guardia y custodia?
La guarda y custodia de los hijos supone el cuidado cotidiano de los menores, esto es, quién los lleva y recoge del colegio o quien los acompaña a las revisiones del médico, quien se ocupa de ayudarles con las tareas escolares y, en definitiva, quien se encarga de atender y cuidar a los niños y gestionar los actos cotidianos de los menores.
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La guarda y custodia de menores puede ser ejercida en nuestro ordenamiento:
Guarda y custodia exclusiva:
El progenitor custodio se encargará de los cuidados cotidianos de los menores mientras que se acordará un régimen de visitas a favor del otro progenitor.
Guarda y custodia compartida:
Ambos progenitores se encargarán de los cuidados cotidianos de los menores estableciéndose un régimen de estancias, normalmente, por semanas alternas.
En nuestro blog hemos comentado los requisitos necesarios para que se otorgue la guarda y custodia compartida.
Asimismo, y en función del régimen de guarda y custodia que se acuerde, se establecerán otras medidas relativas a los menores como pensión de alimentos o derecho de uso de la vivienda familiar, o bien medidas económicas como, por ejemplo, pensión compensatoria o pensión indemnizatoria prevista en el artículo 1438 del Código Civil.
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